jueves, 14 de julio de 2011

Binner otra mentira y van


Binner es tan mentiroso como su color de cabello, en propaganda electoral el socialismo santafesino nos dice que se le abona en concepto de jubilación  a los  ex empleados públicos el 82% por obra y gracia del socialismo. A lo que estamos ante la presencia de 2 mentiras, primero porque es un 82% mentiroso (porque se necesitan más de 30 años de aportes) y segundo porque la ley no ha sido bajo la gestión socialista sino por Obeid.

Dice la Ley Registrada bajo el Nº 12464:

Jubilación Ordinaria.a)   El haber de la jubilación ordinaria será el equivalente al 72% (SETENTA Y DOS POR CIENTO) del promedio referido, si al momento del cese el afiliado reuniera los requisitos del primer párrafo del artículo 14. Ese porcentaje se incrementará en un 2% (DOS POR CIENTO) por cada año entero de servicio computable que exceda el allí establecido, hasta un máximo del 82% (OCHENTA Y DOS POR CIENTO).II. - Jubilación por Invalidez:El haber de la jubilación por invalidez será equivalente al de la jubilación ordinaria establecida en el punto “a” del apartado anterior.” "ARTICULO 2.- Incorpórase como incisos c), d) y e) al Punto I. del artículo 11 de la ley Nº 6915 y modificatorias, los siguientes:

c) Establécese como haber mínimo de la Jubilación Ordinaria el 72% (SETENTA Y DOS POR CIENTO) de la remuneración correspondiente al Nivel I del Escalafón General Decreto-Acuerdo Nº 2695/83, sin  antigüedad.d) Para aquellos beneficios cuya base de cálculo para la determinación del haber previsional, determinada por aplicación del 1er párrafo del presente artículo, hubiera sido inferior a la remuneración actualizada correspondiente al Nivel I del Escalafón General Decreto-Acuerdo Nº 2695/83, sin antigüedad, el haber mínimo del inciso anterior, se aplicará proporcionalmente.e) El Poder Ejecutivo reglamentará el alcance y las modalidades de aplicación para la determinación del haber mínimo....
ARTICULO 9.- Modifícase el artículo 35 de la Ley 6915 y modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 35.-  Los afiliados comprendidos en el artículo anterior tendrán derecho al cómputo diferenciado que a continuación se establece y por el cual se deberán efectuar los aportes siguientes: a)    Cada siete (7) años de servicios, uno (1) más de edad y uno (1) más de servicios, debiéndose efectuar aportes personales adicionales por el dos con cincuenta por ciento (2,50%) de todas las remuneraciones, para el inciso b).b)    Cada cinco (5) años de servicios, uno (1) más de edad y uno (1) más de servicios, debiéndose efectuar aportes personales adicionales por el dos con cincuenta por ciento (2,50%) de todas las remuneraciones, para los incisos a),  a’) y f).c)    Cada cinco (5) años de servicios, uno (1) más de edad y uno (1) más de servicios, por la que se efectuarán aportes personales adicionales del tres por ciento (3,00%) de todas las remuneraciones para el inciso  e). Los pilotos también podrán optar entre ese cómputo o el que surja de adicionar un (1) año de edad y uno (1) mas de servicio cada cuatrocientas (400) horas de vuelo en avión o helicóptero, las que deberán ser certificadas por la autoridad aeronáutica competente. El cómputo diferenciado a que refiere el presente inciso no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del total de años de edad y de servicios necesarios para acceder a los beneficios que esta ley instituye.d)    Cada cuatro (4) años de servicios, uno (1) más de edad y uno (1) más de servicios, con aportes personales adicionales del orden del cuatro por ciento (4%) de todas las remuneraciones para el inciso c).e)    Cada tres (3) años de servicios, uno (1) más de edad y uno (1) más de servicio, en cuyo caso los aportes personales adicionales serán del cinco por ciento (5%) de todas las remuneraciones, para los incisos  d) y d’).”
Firmado: Jorge Alberto Obeid - Roberto Arnaldo Rosua


5 comentarios:

JorgeF dijo...

En la Nación también hay una ley que asegura el 82%, sin embargo no se paga.

Anónimo dijo...

Y no se va a pagar JorgeF, hasta tanto no se asegure un piso de aportantes que cubra los gastos que eso genera, hasta Alfonsinito dijo hace unos dias que el le daria el 82 % a los jubilados pero que no existen los fondos.
O te gustaria que ahora se le pague y en dos años ya no haya fondos para ningun jubilado?.
Vos estas como Del Sel, muy mal informado Jorge, ademas el 82 de la provincia es solo si trabajaste mas de 30 años en el sector publico, si tenes 29 de aporte y los demas en el sector privado no lo cobras, entonces cuantos cobran el 82 por ciento, por eso es mentirosa la declaracion de Binner...

Anónimo dijo...

Ciento de miles de veces mas honesto que la lacra corrupta del FPV.

colacho dijo...

Los socialistas no son incorruptibles ni lo "transparentes" que se autoproclaman. Son prolijos, hábiles para lavar los trapos sucios intramuros. Además, en Rosario, 20 años de continuidad y la complicidad mediática aseguran el cajoneo de los sumarios x corrupción que ocurren a menudo. Estoy cercano a la gestión, sé de qué hablo. Los peronchos son más torpes. Sólo los diferencia el estilo, ingenuo Anónimo.

Anónimo dijo...

Yo te voy a marcar la diferencia y asi demostrar tu ingenuidad. Obeid jamas cumplio esa ley, en cambio Binner si. Te darias cuenta si hablaras con la gente.